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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354085
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 2941
ACTOS EJECUTADOS DENTRO DEL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 2941
Quedan excluidos de la fracción IX del artículo 107 constitucional, todas las resoluciones dictadas dentro del juicio que, produzcan efectos jurídicos, no requieran ejecución material, y todas aquéllas que, aun llenado ese requisito sean reparables en la sentencia definitiva.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 7669/40. Sánchez Rafael jr. 15 de marzo de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Nicéforo Guerrero no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día.