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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354105
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 3352
PERSONALIDAD, PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA EL AUTO QUE DECLARA IMPROCEDENTE LA EXCEPCION DE FALTA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 3352
El auto que declara improcedente la excepción de falta de personalidad, opuesta en el juicio, es de imposible reparación, ya que no habrá ocasión de volver a tratar el punto en la sentencia definitiva que se pronuncie, y por tanto, dicho auto queda comprendido en los términos de la fracción IX del artículo 107 constitucional y es procedente el juicio de amparo indirecto que contra el mismo se interponga.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 7858/40. Viteri Jorge V., sucesión de. 22 de marzo de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.