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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354128
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 3723
DEPOSITARIO, SUSPENSION PEDIDA POR EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 3723
Si un depositario de unos muebles solicita el beneficio de la suspensión definitiva contra el auto que ordena que se le desposea y para lo cual se libró un exhorto, la medida procede, no porque forzosamente vaya a cumplirse el exhorto, sino, porque posiblemente sea cumplimentado, y esto es lo que trata de evitar el quejoso, a fin de que no se le cause perjuicio de difícil reparación, si llegara a consumarse el desposeimiento; de manera que en este caso, debe obsequiarse la solicitud de la suspensión definitiva, previo el requisito de fianza, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 124 y 125 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 559/41. Hernández Jesús H. 29 de marzo de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.