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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354153
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 661
AMPARO, VALOR DE LAS CERTIFICACIONES EN EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 661
La certificación asentada por el secretario de un Juzgado de Distrito, en la que se afirma, sin comprobación alguna, y con la negación de los quejosos, que éstos, los actos reclamados, las garantías violadas y las autoridades ordenadoras, son los mismos que se contienen en otra demanda de amparo, no es bastante para establecer la identidad de ambas demandas y, por tanto, la segunda no es improcedente.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 4825/40. Rodríguez José y coagraviados. 22 de octubre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.