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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354162
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 778
PODERES NO TIMBRADOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 778
El hecho de que no se haya pagado el impuesto de la Ley del Timbre, para los poderes otorgados en escrito privado o ratificado ante el Juez, no produce la nulidad del poder, según las leyes civiles, y sólo trae como consecuencia, la responsabilidad pecuniaria que el Código Fiscal señala.
Precedentes
Amparo civil directo 4878/37. Basurto Rosalía, sucesión de y coagraviada. 26 de octubre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no votó en este negocio, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.