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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354164
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 839
PETICION DE HERENCIA, AMPARO EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 839
Aunque exista un juicio de amparo contra la sentencia definitiva dictada en un juicio de petición de herencia, la ejecutoria que en él se dicta, aun en el caso de que fuera concediendo el amparo, no vendría a reparar las violaciones cometidas en el procedimiento de ejecución; razones por las que éstas sí son reclamables en juicio de amparo diferente, y por tanto, éste no es improcedente.
Precedentes
Amparo civil directo 5508/38. Basurto Rosalía, sucesión de y coagraviada. 28 de octubre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco H. Ruiz no votó en este negocio, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.