Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/354165
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354165
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 840
AGRAVIOS INFUNDADOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 840
Debe negarse el amparo, cuando los agravios no combatan, el fundamento doctrinal del Juez de Distrito y sólo se alegan otras violaciones que en el fallo del inferior quede probado que no existen.
Precedentes
Amparo civil directo 5508/38. Basurto Rosalía, sucesión de y coagraviada. 28 de octubre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco H. Ruiz no votó en este negocio, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.