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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354171
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1006
SUPREMA CORTE, COMPETENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1006
Tratándose de una cuestión jurisdiccional entre dos Jueces de diversas Entidades Federativas, como corresponde a la Suprema Corte, en Pleno, resolver esas competencias, no procede el amparo en contra de las determinaciones que, en la contienda respectiva, se dicten por Tribunales Superiores de los Estados cuyos Jueces compiten.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5596/39. "La Independencia", S. A. 1o. de noviembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.