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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354216
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1509
HIPOTECAS, EJIDOS EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1509
No puede decirse que los postulados del Código Civil estén sobre las disposiciones del Código Agrario, atendiendo a que éstas son de orden público y su aplicación se impone para cumplimentar preceptos constitucionales, por tanto, los acreedores hipotecarios deben sufrir la reducción del gravamen impuesto en su favor, cuando hay dotación de ejidos.
Precedentes
Amparo civil directo 11/39. Bringas y Robles Luz. 14 de noviembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.