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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354241
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 2029
PAGARES, FALTA DE PROTESTO EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 2029
Ni conforme al Código de Comercio ni a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el suscriptor de un pagaré puede librarse del pago, alegando que no se protesto dicho documento a su vencimiento y que, por lo mismo, no pudo ser endosado éste.
Precedentes
Amparo civil directo 5109/36. Gómez Rueda Manuel, sucesión de. 27 de noviembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Aguirre Garza, no votó en este asunto por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.