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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354321
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 427
FIANZA EN AMPARO, CUANDO ES ADMISIBLE LA QUEJA CONTRA EL AUTO QUE FIJA EL MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 427
La ilegalidad de la suspensión y la de los requisitos con los cuales se concede, no son materia de queja, puesto que el auto relativo es revisable, ya que formando un todo la resolución sobre suspensión, el recurso procedente en contra de la misma es el de revisión y no el de queja; pero este último recurso sólo es procedente cuando los requisitos o modalidades indicados, sean fijados en autos o resoluciones independientes de la interlocutoria sobre suspensión.
Precedentes
Queja en amparo civil 268/40. Miyar Ignacio A. de la. 8 de julio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.