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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354329
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 510
CONVENIOS JUDICIALES, EJECUCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 510
El convenio celebrado por las partes, para dar cumplimiento a la sentencia dictada en un juicio, tiene ejecución y por tanto es legal el procedimiento respectivo, para poner en posesión del objeto adquirido en el juicio, a quien obtuvo, aunque aquél haya sido conservado por la contraparte, pues dicho objeto dejó de ser de su propiedad, desde que se otorgó el título respectivo y se inscribió en el Registro Público, en favor de quien ganó.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4463/38. Zamora viuda de Sánchez Guadalupe y coags. 11 de julio de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.