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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354338
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 701
QUIEBRA, SUSPENSION CON MOTIVO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES, FALTANDO LA APREHENSION DE ELLOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 701
Si se reclama en amparo la orden de la autoridad judicial, para que se aseguren bienes de una quiebra, orden que pretende ejecutarse en bienes del quejoso, extraño al procedimiento; y de las actas relativas consta que el aseguramiento de los bienes sólo fue virtual, no pudiendo hacerse la entrega material de los mismos, porque las bodegas en que se encontraban, estaban selladas por orden de una autoridad judicial y de autoridades administrativas, y lo sellos no se quitaron, el acto reclamado no se consumó de manera material y procede la suspensión mediante fianza.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8568/39. Pardo Eduardo. 13 de julio de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.