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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354341
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 741
FIANZA EN AMPARO, INSUFICIENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 741
La insuficiencia de la fianza en amparo debe demostrarse por quien la alega, ante el Juez de Distrito, ante la autoridad responsable o ante la Corte, ya que, conforme a la ley, la calificación de la solvencia de los fiadores, se hace bajo la responsabilidad del Juez, y las quejas que con tal motivo se eleven, sólo pueden prosperar cuando la Corte encuentra notoriamente insuficiente la fianza admitida.
Precedentes
Queja en amparo civil 183/40. Rojas Ulloa Mario. 15 de julio de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.