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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354350
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 939
INVENTARIOS, SUSPENSION CON MOTIVO DEL FALLO QUE APRUEBA LOS DE UNA SUCESION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 939
Si se reclama en amparo la interlocutoria de segunda instancia que desechó las objeciones formuladas a los inventarios de una sucesión y aprueba los propios inventarios, obligando a las partes a estar y pasar por ellos y el quejoso sostiene que en dichos inventarios se incluyó una finca de su propiedad, los efectos del acto reclamado serán que los bienes puedan ser aplicados a los herederos, vendidos o enajenados para pagar las deudas de la herencia o disponer de ellos en cualquiera otra forma y puede causarse al quejoso un perjuicio de difícil reparación, y es procedente conceder la suspensión, mediante fianza, a fin de que en ninguna forma se disponga de la mencionada finca.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3202/40. Escobar Taboada Luis. 20 de julio de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.