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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354358
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1017
LETRAS DE CAMBIO, PAGO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1017
De acuerdo con las prevenciones de los artículos 8o., fracción VIII, 129 y 130 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, para que proceda la excepción de pago, y se pruebe, se necesitan estos dos elementos de convicción: que los pagos parciales o abonos se anoten en las letras mismas y el pago total se demuestre con la entrega de las letras, cuyo importe se haya cubierto por el obligado.
Precedentes
Amparo civil directo 3401/37. Campero Francisco y coag. 23 de julio de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.