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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354410
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1821
SUCESIONES, ALBACEAS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1821
No puede decirse que una persona tenga que ser forzosamente albacea de una sucesión, por ser heredera única universal, ya que aun en esas condiciones, el albaceazgo puede deferirse a otra persona si el testador lo dispone así, o cuando por circunstancias especiales debe nombrarse otro representante de la sucesión.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8482/38. Junta Liquidadora de Fincas Rústicas Rústicas y Urbanas, S. A. 7 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.