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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354412
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1820
COSTAS, RESOLUCIONES EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1820
Si una de las partes está conforme con los términos de los puntos resolutivos del fallo que condenó en costas, es claro que la verdad legal, tal como aparece estrictamente en los términos de la sentencia, de ningún modo puede extenderse a una persona que no fue expresamente condenada a pagarlas.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8482/38. Junta Liquidadora de Fincas Rústicas y Urbanas, S.A. 7 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.