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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354438
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2232
QUEJA IMPROCEDENTE, MULTAS EN CASO DE (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2232
La improcedencia a que se refiere el artículo 490 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla, para los efectos de la imposición de multas, es tanto para el caso en que se decida el fondo del recurso, como para cuando se establece que éste no es procedente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6939/38. Pastén Romero Manuel. 16 de agosto de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.