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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354450
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2431
SUCESIONES, NOTIFICACIONES A LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2431
Si cuando se admite el recurso interpuesto por una persona, ésta ya ha fallecido, se ha radicado su sucesión, se ha hecho el reconocimiento de herederos y la designación de albacea provisional, el emplazamiento que se le haga para que mejore la apelación, no puede tener efecto alguna para la sucesión, pues debió habérsele hecho al representante de ésta.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5253/39. Granados Clemente sucesión de. 20 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.