Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/354481
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354481
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2980
PLUS PETITIO, EXCEPCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2980
La excepción de plus petitio es oponible cuando el actor reclama más de aquello que en derecho se le debe; naturalmente, por los mismos conceptos por los que se le demanda, es decir, cuando hay error en la liquidación del adeudo, por parte del actor; pero no procede cuando se sostiene que éste es también deudor del demandado por un capítulo distinto, porque entonces se trata verdaderamente de una reconvención.
Precedentes
Amparo civil directo 869/38. Margeli Eduardo, sucesión de. 2 de septiembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.