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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354482
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2979
ALBACEAS, ACEPTACION DEL CARGO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2979
Ninguna ley establece como requisito para el legal funcionamiento del albaceazgo, que el albacea de a conocer a los herederos que él es quien ostenta el cargo; pero la aceptación si es forzosamente necesaria, pues de otro modo,no se podría obligar al albacea a desempeñar un cargo que no había aceptado.
Precedentes
Amparo civil directo 869/38. Margeli Eduardo, sucesión de. 2 de septiembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.