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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354483
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2979
ALBACEAS, FUNCIONAMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2979
El discernimiento del cargo, así como la protesta, tratándose del albaceazgo, no son sino formalidades extrínsecas, hasta cierto punto innecesarios, sobre todo si se trata de presentarse en defensa de los intereses de la sucesión; por tanto, aún cuando aquel no hubiere sido hecho cuando el albacea recibió el traslado de una demanda en contra de una sucesión, no puede decirse que en este juicio haya habido una falsa representación de ésta, y por lo tanto, dicho emplazamiento es legal.
Precedentes
Amparo civil directo 869/38. Margeli Eduardo, sucesión de. 2 de septiembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.