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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354488
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3063
SUCESIONES, BIENES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3063
Es cierto que en todo caso de adición de inventarios en una sucesión, cuando se establece una controversia entre un heredero, como parte actora, y el albacea asociado con un tercero, que se atribuye la propiedad de los bienes, debe demostrarse que es a dicha sucesión a quien corresponde un mejor derecho, en relación con los bienes de que se trata; pero cuando lo que se pretende es incluir en los inventarios es una negociación industrial, que ambas partes reconocen perteneció al de cujus, la presunción debe ser la que tal negociación forma parte de la herencia y que no pertenece a la contraparte, que diga haberla adquirido por traspaso.
Precedentes
Amparo civil directo 58/39. Calleros Tomás, sucesión de. 3 de septiembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.