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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354498
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3200
POSESION DERIVADA, AMPARO EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3200
La sentencia que concede un amparo, tiene por objeto proteger al quejoso en sus garantías violadas y reponerlo en las mismas condiciones en que se encontraba antes de realizarse el acto reclamado; pero no tiene por finalidad cambiar esa situación, por muy buenas que sean las razones que existan para ello. Ahora bien, si cuando una persona interpuso un amparo respecto de unos predios, no tenía la posesión material de ellos, la ejecución de la sentencia no puede extenderse más que a reconocerle su derecho a la posesión derivada que, como arrendatario, le correspondía, respecto de los citados predios.
Precedentes
Queja en materia civil 418/39. Terrazas viuda de Horcasitas Elena. 5 de septiembre de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.