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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354506
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3355
TRANSPORTES, DAÑOS Y PERJUICIOS POR ACCIDENTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3355
El seguro que por disposición de la ley contrata una empresa de transporte, en favor de los viajeros, crea relaciones de naturaleza especial entre el asegurado y la empresa aseguradora, pero no da derecho para exigir a ésta el pago de los daños y perjuicios en que puede incurrir la empresa de transportes, sobre todo, cuando las víctimas de ese daño, pueden ser personas del todo extrañas a los efectos de las relaciones jurídicas creadas por el seguro.
Precedentes
Amparo civil directo 5118/39. Compañía Mexicana de Aviación, S. A. 9 de septiembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.