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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354525
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3725
EXCEPCIONES CONTRADICTORIAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3725
Como el fin que se persigue al oponer excepciones dilatorias, es completamente diferente del que se busca, cuando la defensa se esgrime con objeto de destruir la acción, es claro que ambas excepciones no son contradictorias.
Precedentes
Amparo civil directo 1275/39. González Silvano. 19 de septiembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.