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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354530
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3869
ALBACEAS, FACULTADES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3869
Si el albacea de una sucesión se conforma con una demanda de trabajo formulada en contra de aquélla, obra con funciones propias, por lo que, ya sea que se hubiese desistido de un recurso, o bien se hubiera conformado con una demanda a la que juzga innecesario oponerse, no existe disposición legal que le impida ejecutar ese acto, por lo que es improcedente la demanda de amparo que alguno de los herederos de la propia sucesión, solicite en contra del laudo condenatorio que pronuncie una Junta, por pago de salarios devengados durante el tiempo que estuvo un trabajador al servicio del autor de la sucesión.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6176/36. Rodríguez Julio. 21 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio M. Trigo. Relator: Alfredo Inárritu.