Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/354549
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354549
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4222
ARRENDAMIENTO, VARIACION DEL DESTINO DEL OBJETO DE (LEGISLACION DE VERACRUZ)
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4222
No es necesaria la variación material del local arrendado, para que sea aplicable el artículo 8o. de la Ley de Inquilinato, pues basta que aquél se destine a objeto distinto para el que fue arrendado.
Precedentes
Amparo civil directo 4047/39. Romero Delfina. 28 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.