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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4601
CORRECCIONES DISCIPLINARIAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4601
La expresión puesta por un litigante en los agravios que formula, sobre de que una determinación del Juez no es más que un disparate risible, no constituye falta de respeto, y, por tanto, no amerita corrección disciplinaria.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3654/36. Bustamante Luis Felipe. 20 de agosto de 1940. Mayoría de tres votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.