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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354574
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4645
COSTAS, CUANTIA DEL JUICIO PARA FIJARLAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 4645
La cuantía de un negocio, para los fines de la fijación de las costas, debe determinarse por lo que el actor reclama, sin tomar en cuenta que cuando la reclamación verse sobre cumplimiento de un contrato, que implica la entrega de cosa de precio determinado o la de ese precio, el actor está en la necesidad, por efecto mismo del cumplimiento, de satisfacer la obligación que a éste le corresponde, pues no es exacto que cuando se trata de obligaciones recíprocas, derivadas de un contrato de compraventa, esa sola circunstancia haga que la demanda deba considerarse de valor indeterminado, para los fines dichos.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6035/39. Valle y Salazar. 24 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 332, tesis 115, de rubro "COMPRAVENTA BAJO ASPECTO DE PROMESA DE VENTA.".