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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354628
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 880
COSTAS, FIJACION DE LAS, EN CASO DE COMPRAVENTA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 880
La cuantía de un negocio, para los fines de la fijación de las costas, debe determinarse por lo que el actor reclame, sin tomar en cuenta que cuando la reclamación versa sobre cumplimiento de un contrato, que implica la entrega de cosa, de precio determinado, o la de éste, el actor, a su vez, está en la necesidad de satisfacer la obligación que a él corresponde, porque no es exacto que cuando se trata de obligaciones recíprocas, derivadas de un contrato de compraventa, esta sola circunstancia haga que la demanda deba considerarse como de valor indeterminado, para los fines de la fijación de las costas.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4017/39. "Valle y Salazar". 13 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.