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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354640
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 977
MULTAS COMO CORRECCION DISCIPLINARIA, MODO DE CONCEDER LA SUSPENSION CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 977
Si se reclama en amparo la resolución judicial de una autoridad del orden civil, que impuso una multa por vía de corrección disciplinaria, la suspensión debe concederse, mediante depósito en el Banco de México, de acuerdo con el artículo 135 de la Ley de Amparo, que exige la constitución de un depósito cuando se trata de cobro de impuestos, multas u otros pagos fiscales; y aunque es verdad que la multa fue impuesta por el Juez, no se hará efectiva por él, sino por la oficina recaudadora correspondiente, por medio del procedimiento económico coactivo, para aplicarlo como cualquier otro pago fiscal, a los servicios públicos y es legal la exigencia de la constitución del depósito para conceder la suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 809/40. Iturbide Nereo. 15 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.