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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354658
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1368
MATERIA MERCANTIL, LEY SUPLETORIA EN.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1368
Las disposiciones del procedimiento común que deben aplicarse supletoriamente en el procedimiento mercantil, son aquellas que vienen a cubrir lagunas existentes en el Código de Comercio, lo que presupone la necesidad de que en uno y otro códigos, existen instituciones similares, por lo que si en el Código de Comercio no existe determinada institución, no puede aplicarse la legislación común que la tenga.
Precedentes
Amparo civil directo 898/38. Morales Martín, sucesión de. 22 de abril de 1940. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Aguirre Garza y Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.