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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354681
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1714
EXCUSA INFUNDADA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1714
La fracción IV del artículo 66 de la Ley de Amparo, estatuye que es causa de impedimento para los ministros de la Suprema Corte de justicia, Jueces de Distrito y autoridades del orden común que conozcan de los juicio de amparo, haber aconsejado como asesores la resolución reclamada. Ahora bien, si un Juez de Distrito impuso la multa cuyos procedimientos de cobro reclama el quejoso en el amparo, de cuyo conocimiento se excusa aquel funcionario, y el mismo ordenó la ejecución de la mencionada multa, pero no aparece que haya aconsejado como asesor los actos reclamados que es lo que exige la ley para que exista la causa de impedimento, debe estimarse que puede juzgar imparcialmente sobre la legalidad o ilegalidad, por parte de las autoridades responsables o ejecutoras, de los procedimientos de cobro reclamados; y tomando en consideración que el propósito de la ley es restringir las excusas, para no entorpecer ni dilatar la administración de justicia, es forzoso concluir que tal caso no se encuentra comprendido en la disposición legal antes mencionada, y en consecuencia, debe calificarse como ilegal la causa de impedimento aducida, y desecharse la excusa que se propone.
Precedentes
Excusa 10/40. Propuesta por el ciudadano Juez de Distrito en el Estado de México, para seguir conociendo del juicio de amparo promovido contra actos de los jefes de las Oficinas Federales de Hacienda en Texcoco y Subalterna en San Juan Teotihuacán, Estado de México. 29 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.