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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354689
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1740
MENORES, ENTREGA DE LOS, IMPROCEDENCIA DE LA CONTRAFIANZA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1740
Conforme a la segunda parte del artículo 125, de la Ley de Amparo, en relación con el 127 de la misma, la contrafianza es inaceptable cuando pueden afectarse derechos del agraviado no estimables en dinero.
Precedentes
Queja en amparo civil 35/40. Guerrero Eutiquio. 29 de abril de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.