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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354702
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1969
TERCERISTAS, OBLIGACIONES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1969
El tercerista está obligado a demostrar en el juicio que promueve el dominio de los bienes que reclama, con pruebas que rinda con relación a los litigantes en el juicio principal, que son los demandados en la tercería, y si éstos, en algún documento público, han reconocido este dominio, no puede negarse que dicho documento prueba plenamente en su contra.
Precedentes
Amparo civil directo 4845/37. Rivas Castellanos Mario. 2 de mayo de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.