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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1999
EMBARGOS, AMPARO CONTRA LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 1999
Aunque mientras exista un embargo, es un acto de tracto sucesivo, los quince días a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Amparo deben comenzar a contarse, de acuerdo con el mismo, desde el día siguiente al en que el interesado haya tenido conocimiento u ostentándose sabedor del acto reclamado.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6879/37. Rivas Castellanos Mario. 2 de mayo de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.