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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354759
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2795
ASEGURAMIENTO DE BIENES, SUSPENSION CON MOTIVO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2795
Si se reclama en amparo la orden judicial para que se asegure, como propiedad de una sucesión, una finca urbana de la cual el quejoso sostiene ser el poseedor y propietario, según documentos que exhibió, y ya que se verificó el aseguramiento, no por eso se encuentra consumado el acto, porque de él puede derivar efectos que aún no se realizan, como son la aplicación de dicho bien a los herederos o a la venta del inmueble, y es claro que esos efectos pueden suspenderse, porque causarán un perjuicio de difícil reparación para el quejoso, y la suspensión debe concederse mediante fianza.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1800/40. Picazo López Laura. 8 de junio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Caballero. La publicación no menciona el nombre del ponente.