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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354774
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3035
LITIS, DOCUMENTOS PARA LA FIJACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3035
Aunque por cualquier circunstancia haya transcurrido mucho tiempo entre la contestación de la demanda y la réplica, el documento que se acompaña a ésta, debe tomarse como uno de los elementos integrantes de la acción del actor aunque dicho documento haya sido extendido después de presentada la demanda, pues sean cuales fueren los motivos por los que se retardó el trámite, la relación procesal no quedó debidamente establecida sino hasta después de que el demandado contestó, el actor produjo réplica y aquel presentó la dúplica, pues hasta entonces puede hacerse la fijación de la litis a que se refiere la ley procesal.
Precedentes
Amparo civil directo 7399/39. Larrea Serafín. 13 de junio de 1940. Unanimidad de 4 votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.