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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354788
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3321
TIERRAS DERECHOS SOBRE LAS, EN CASO DE DOTACIONES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3321
El artículo 30 de la Ley de Dotaciones y Restituciones de Tierras no priva a los propietarios de bienes rústicos de la libre disposición de éstos, por el solo hecho de haber sido formuladas las solicitudes agrarias que puedan afectarles, pues únicamente los sujeta a las consecuencias del acto, de acuerdo con la ley.
Precedentes
Amparo civil directo 5718/39. Bermejillo de Fernández Somellera Dolores y coagraviados. 20 de junio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco H. Ruiz no asistió a la sesión por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.