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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354810
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3777
ALBACEAS, MULTAS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 3777
Es obvio que el levantamiento de la multa impuesta al albacea de una sucesión, por no haber exhibido los títulos y boletas de contribuciones referentes al inmueble que forma el acervo hereditario, de ninguna manera lo exime de la obligación de adjudicar dicho inmueble, ni implica denegación de justicia para el adjudicatario, pues hay medios y procedimientos legales adecuados para obtener tal adjudicación, a pesar de no haber sido exhibidos los títulos y boletas mencionados; además, el propio levantamiento tampoco paraliza ni suspende el juicio sucesorio, ni hace imposible la adjudicación de los bienes hereditarios, obligando al quejoso a permanecer en una indivisión de bienes.
Precedentes
Amparo civil en revisión 9071/39. Rodríguez Jesús. 17 de junio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco H. Ruiz, no estuvo presente cuando se resolvió este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.