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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354837
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 340
COMPRAVENTA EFECTUADA POR REPRESENTACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 340
Si una persona se obliga por su propio derecho, y a nombre de otras, a entregar una cantidad de cereal, objeto de una compraventa, esto quiere decir que contrató diciendo tener la representación de éstas pero es evidente que sólo pudo obligarlos proporcionalmente, contrayendo a nombre suyo, una simple obligación mancomunada, si en el contrato no consta que las haya obligado solidariamente, o que dicha persona aceptó a su cargo la obligación total.
Precedentes
Amparo civil directo 8795/38. Rodríguez Edmundo. 15 de enero de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.