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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354972
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1915
ABANDONO DE HOGAR COMO CAUSAL DE DIVORCIO (LEGISLACION DE SINALOA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1915
Atentos los términos precisos de la fracción V del artículo 217 del Código Civil del Estado de Sinaloa, el abandono injustificado del domicilio conyugal, que se considera como causa de divorcio, requiere necesariamente como base, la separación material de la casa o morada en que habitan los cónyuges.
Precedentes
Amparo civil directo 7660/38. Verdugo de García Ernestina. 19 de febrero de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.