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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355004
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2274
ALBACEAZGO, CONTINUACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2274
La terminación del albaceazgo por vencimiento del plazo, no se produce ipso jure, sino que requiere siempre declaración judicial, de tal manera que mientras ésta no exista y no se provea de nuevo albacea de hecho y de derecho, el primero sigue siéndolo y con las obligaciones inherentes a su cargo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4084/39. Baños Justa. 23 de febrero de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.