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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355022
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2394
PATRIA POTESTAD.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2394
No demostrada la muerte de los abuelos paternos ni la del abuelo materno, se viola el artículo 414 del Código Civil si se atribuye la patria potestad de los menores a la abuela materna, pues se rompe el orden que dicho precepto establece para el caso.
Precedentes
Amparo civil directo 9196/38. González Gallardo Rafael. 27 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.