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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355031
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2574
AGRAVIOS IMPROCEDENTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 2574
Es improcedente el agravio cuya justificación se base en un documento, si éste no obra en autos, pues el juzgador se encuentra en la imposibilidad de comprobar su fundamento.
Precedentes
Amparo civil directo 5089/33. Díaz Rubín Pedro y coags. 29 de febrero de 1940. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alfonso Pérez Gasga y Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.