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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355058
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3046
QUIEBRAS, ACUMULACION A LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3046
Aunque con la acumulación del juicio ejecutivo para hacer efectiva una hipoteca, seguido por una sucesión en contra de una sociedad, al de quiebra de ésta, no se priva a aquélla del derecho de impugnar las resoluciones que se dicten en los autos de quiebra, con relación a la legitimidad del crédito reclamado, es indudable que si se le priva del privilegio que le concede el artículo 983 del Código de Comercio, para ejercitar su derecho mediante un procedimiento autónomo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6694/40. Schmelz José, sucesión de. 11 de marzo de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.