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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355059
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3047
APELACION, DECLARACION DE DESERCION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3047
De que el auto que no declare desierta la apelación interpuesta por una sucesión a quien se le acumuló el crédito a una sociedad quebrada, no deja sin defensa a ésta, no se sigue que es improcedente el amparo que ha interpuesto la sucesión contra la sentencia que resolvió ese mismo recurso.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6694/40. Schmelz José, sucesión de. 11 de marzo de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.