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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355066
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3073
CONTRAFIANZA, MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3073
Si el acto reclamado consiste en el remate de un inmueble, en el cual está instalado un hotel, para fijar la contrafianza que ofrezca el tercero perjudicado, debe tenerse en consideración en primer lugar, el valor de la finca, pues en caso de obtener la protección constitucional, el agraviado, tendría que restituirla, y en segundo, los daños y perjuicios que se pudieren ocasionar al quejoso con la ejecución del acto reclamado, lo traducirían en los intereses legales en tres años, sobre el valor del inmueble y sus productos.
Precedentes
Queja en amparo civil 4/40. Gutiérrez Cañedo Luis. 11 de marzo de 1940. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Caballero. Disidente: Jesús Garza Cabello. La publicación no menciona el nombre del ponente.